Registro electrónico
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Solicitud de certificado o volante de empadronamiento

Solicitud de certificado o volante de empadronamiento

Finalidad

Mediante este trámite se puede solicitar certificado de empadronamiento, documento que acredita fehacientemente el hecho de la inscripción en el Padrón municipal de habitantes, prueba de residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo

Quien lo puede presentar

Mediante este trámite se puede solicitar certificado de empadronamiento, documento que acredita fehacientemente el hecho de la inscripción en el Padrón municipal de habitantes, prueba de residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo

Presentación

REGISTRO ELECTRÓNICO La presentación de una solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento de Aranda de Duero se realiza a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sede.arandadeduero.es) siendo necesario tener instalado previamente en el ordenador desde el que se accede, un certificado electrónico reconocido que identifique al interesado en el trámite (o en su caso al representante). Debe tener preparado para adjuntar los archivos que corresponden con la documentación a aportar indicada en estas instrucciones para el caso de presentación electrónica. PRESENCIAL EN UNA OFICINA DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTROS Las personas no obligadas a relacionarse con las AAPP por medios electrónicos puede (1) elegir alternativamente la presentación de su solicitud de manera presencial en una oficina de asistencia en materia de registros. En este caso, debe entregar en la oficina la documentación a aportar indicada en estas instrucciones para el caso de tramitación presencial. 1) Personas obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas (AAPP) por medios electrónicos (Artículo 14 de la Ley 39/2015) Están obligados a relacionarse con las AAPP por medios electrónicos las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (como asociaciones o comunidades de bienes), personas que ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria (como abogados o arquitectos) y los representantes de los anteriores.

Órgano gestor

Alcaldía

Plazo de resolución

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con su solicitud, se le comunica que el PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN de este procedimiento y para la notificación del acto que le ponga término es de 3 meses.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

Recurso potestativo de reposición de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda, en el plazo de dos meses, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Normativa básica

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio

Documentación relacionada

- C.10.01.06 : Solicitud de certificado de empadronamiento

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud de certificado de empadronamiento
Documentación a aportar según el tipo de certificado
Certificado solicitado por el interesado: Documento de identidad Certificado solicitado por persona distinta del titular: documento de identidad del autorizado, escrito de autorización del interesado debidamente firmado, y copia del documento de identidad del autorizante. Certificado de menor no emancipado: se solicitará por los padres o representantes legales con quien figure empadronado, aportando Documento de Identidad y Libro de Familia. Si el menor no figurase empadronado con ellos, el solicitante deberá tener autorización de la persona mayor de edad con quien figure empadronado el menor y copia del documento de identidad del autorizante. Certificado colectivo: para garantizar el cumplimiento la protección de datos de carácter personal, se deberá aportar el consentimiento de las personas inscritas en el domicilio para la cesión de los datos padronales. Certificado de persona fallecida: Documento de identidad del fallecido y del solicitante, Certificado de Defunción, y documento que acredite el interés legítimo como pueden ser: Libro de Familia o Certificado de Matrimonio, Certificado de Nacimiento, Testamento y/o Certificado de Últimas Voluntades, u otro documento que acredite su condición de interesado o de representante del interesado. Cuando la solicitud se presente en el Registro electrónico el solicitante no tendrá que aportar copia del Documento de identidad.
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