Registro electrónico
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Inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Ciudadanas

Mediante este trámite se solicita la inscripción o la renovación en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas (RMAEC). El RMAEC es de obligatorio cumplimiento para todas aquellas Asociaciones y Entidades que tengan o vayan a tener relación con el Ayuntamiento sobre actividades, subvenciones o convenios.


Finalidad

1.- Los derechos reconocidos a las asociaciones ciudadanas en este Reglamento para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos sólo serán ejercitables por aquéllas que se encuentren inscritas debidamente en el Registro municipal de asociaciones ciudadanas que se regula en este Capítulo. 1. El Registro tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer el número de asociaciones existentes en el Municipio, sus fines y representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo. Por tanto, es independiente del Registro General de asociaciones en el que, asimismo, deben figurar inscritas todas ellas.

Quien lo puede presentar

. Podrán obtener la inscripción en el Registro municipal de asociaciones: a) Todas aquellas Asociaciones sin ánimo de lucro, con actuación en el ámbito territorial del municipio de Aranda de Duero, cuyo objeto fundamental estatutario sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales del municipio y la mejora de la calidad de vida de sus ciudadanos. b) Las asociaciones ciudadanas sin ánimo de lucro que, dentro del ámbito territorial del municipio de Aranda de Duero, representen intereses sectoriales, las de padres de alumnos, las asociaciones culturales, deportivas, recreativas, juveniles, sindicales, empresariales, profesionales y cualesquiera otra similar. 3. En ningún caso se inscribirán asociaciones cuyo régimen jurídico y de funcionamiento sea contrario al sistema democrático, al Estado de Derecho y las que propugnen el empleo de medios violentos para la consecución de sus fines, y, en general, las prohibidas por el ordenamiento jurídico.

Plazos de presentación

En cualquier momento

Presentación

REGISTRO ELECTRÓNICO La presentación de una solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento de Aranda de Duero se realiza a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sede.arandadeduero.es) siendo necesario tener instalado previamente en el ordenador desde el que se accede, un certificado electrónico reconocido que identifique al interesado en el trámite (o en su caso al representante). Debe tener preparado para adjuntar los archivos que corresponden con la documentación a aportar indicada en estas instrucciones para el caso de presentación electrónica. PRESENCIAL EN UNA OFICINA DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTROS Las personas no obligadas a relacionarse con las AAPP por medios electrónicos puede (1) elegir alternativamente la presentación de su solicitud de manera presencial en una oficina de asistencia en materia de registros. En este caso, debe entregar en la oficina la documentación a aportar indicada en estas instrucciones para el caso de tramitación presencial. 1) Personas obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas (AAPP) por medios electrónicos (Artículo 14 de la Ley 39/2015) Están obligados a relacionarse con las AAPP por medios electrónicos las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (como asociaciones o comunidades de bienes), personas que ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria (como abogados o arquitectos) y los representantes de los anteriores. A TENER EN CUENTA SI SE REALIZA LA PRESENTACIÓN PRESENCIAL EN UNA OFICIAN DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTROS. Se entregará en papel la documentación cumplimentada y firmada. A TENER EN CUENTA SI SE REALIZA LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA Hay que incorporar los archivos electrónicos que contengan la documentación a aportar. El formato PDF o WORD de la solicitud se puede cumplimentar digitalmente o bien cumplimentar manualmente y digitalizarlo después. No es necesario estampar firma manuscrita dado que el documento se firma electrónicamente en el momento de la presentación.

Órgano gestor

Secretaría General

Plazo de resolución

6. En el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la solicitud de inscripción, y salvo que éste hubiera de interrumpirse por la necesidad de aportar documentación no incluida inicialmente, la Alcaldía o, en su caso, el Concejal Delegado correspondiente, mediante Resolución motivada, autorizará o desestimará la inscripción de la Asociación. Si se autorizase, se notificará a la Asociación interesada, con indicación de su número de inscripción. A partir de ese momento se considerará de alta a todos los efectos.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Recurso potestativo de reposición de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda, en el plazo de dos meses, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Normativa básica

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Reglamento Orgánico Municipal

Documentación relacionada

- Solicitud de Inscripción / Modificación de Asociac : Solicitud de Inscripción / Modificación de Asociaciones Ciudadanas

Nivel de identificación del solicitante

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

Documentación a aportar

Documentación requerida
Certificado inscripción en el Registro General de entidades
Presupuesto del año en curso
Programa de actividades del año en curso
Estatutos de la Entidad
Certificado del número de socios
Certificado de las directivos
Certificado de las personas que ocupen los puestos de dirección y representación con su correspondiente dirección de correo electrónico a los efectos de poder notificar
Solicitud de Inscripción / Renovación en el Registro
Solicitud de Inscripción o renovacón en el Registro de Asociaciones
C.I.F. de la Asociación Ciudadana.
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