Mediante este servicio se permite la presentacción por medios electrónicos de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidoes al Ayuntamiento, expidiendo los recibos justificativos de presentación en el Registro General. El registro de entraa se deriva a las unidades tramitadoras destinatarias de la solicitud por medios electrónicos. Es necesario aportar la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento objeto de la solicitud.
Cualquier persona legitimadad en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.
Con carácter general la solicitud podrá presentatese en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos administrativos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.
El que corresponda en función de la materia objeto de la solicitud.
Los que correspondan en funcion de la materia objeto de la solicitud.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.